1. La presencia en el centro de trabajo de los fortuna preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos fortuna, será necesaria en los siguientes casos: Lo precedente se entenderá sin perjuicio de cualquiera otra atribución justo o reglamentaria de competencia a otras entidades u organismos respecto de https://socialwoot.com/story20919371/la-gu%C3%ADa-definitiva-para-prevenci%C3%B3n-de-riesgos